Al Paciente con Amor

Hormonas bioidénticas pueden dañar tu salud

Si estás en la etapa de premenopausia o posmenopausia, y requieres de hormonas, ten cuidado con aquellas que se ofrecen en cualquier establecimiento comercial; aun cuando te digan que por ser naturales no son peligrosas, lo mejor será que un médico profesional realice un diagnóstico serio y determine cuál es el tratamiento adecuado para ti.

Y es que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) advierte sobre el uso de hormonas bioidénticas en tratamientos hormonales, principalmente para tratar síntomas de premenopausia y postmenopausia.

El término bioidéntico significa que las hormonas del producto son químicamente idénticas a las que produce el organismo, explica el organismo.

Los productos que se ofrecen, además de no contar con la autorización de la Cofepris, se les atribuyen cualidades terapéuticas que pueden poner en riesgo la salud de quien las toma.

De acuerdo al comunicado, algunos de estos productos se comercializan como suplementos alimenticios, en presentaciones de tabletas, comprimidos, polvos, geles, parches, gomitas y cremas y no cuentan con una autorización por Cofepris.

Refiere que se les atribuyen de manera indebida cualidades terapéuticas para el tratamiento de síntomas de la menopausia, incumpliendo lo establecido en el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, en sus artículos 171 y 173.

El Artículo 171 señala que los productos a los que se les incorporen sustancias con acción farmacológica reconocida o aquéllos a los que con base en su composición se les atribuyan propiedades terapéuticas, preventivas o rehabilitatorias, no podrán comercializarse en el territorio nacional, salvo que cumplan con las disposiciones aplicables a los insumos para la salud.

En el caso del Artículo 173, éste refiere que en la etiqueta y en la información con la que se comercialicen los suplementos alimenticios no se deberá presentar información que confunda, exagere o engañe en cuanto a su composición, origen, efectos y otras propiedades del producto, ni ostentar indicaciones preventivas, rehabilitatorias o terapéuticas.

El artículo 215 de la Ley General de Salud en su fracción V define los suplementos alimenticios como productos cuyo propósito es adicionar, complementar o incrementar la dieta y que es fuente concentrada de nutrimentos y/u otras sustancias procedentes de fuentes naturales y/o sintéticas con efecto fisiológico o nutricional, y es ingerida por vía oral.

Esta comisión, en conjunto con diversas autoridades sanitarias, médicas y educativas, incluyendo la Agencia de Alimentos y Medicamentos en Estados Unidos de América (FDA), informan que aún existe la falta de evidencia y soporte médico para garantizar la eficacia de uso de hormonas bioidénticas.

Las cuales, de acuerdo a Mayo Clinic, a la FDA y a varios grupos por especialidad médica, las hormonas comercializadas como bioidénticas y naturales no son más seguras que las hormonas utilizadas en la terapia hormonal tradicional. Tampoco hay evidencia de que sean más eficaces.

Es por ello que la Cofepris para evitar un posible riesgo al consumir estos productos, recomienda:

*Evitar la adquisición y uso de supuestos suplementos alimenticios para tratamientos hormonales.

*Consultar a personal médico especialista, quien determinará el tratamiento adecuado.

*No usar este tipo de productos simultáneamente con aquellos prescritos por un profesional de la salud.

*En caso de identificar productos con supuestas propiedades asociadas a la menopausia y son denominados suplementos alimenticios, no adquirirlos y realizar la denuncia sanitaria correspondiente a través de la página: gob.mx/Cofepris

Si ha usado el producto antes referido, reportar cualquier reacción adversa o malestar causado tras el uso de este medicamento al correo electrónico, farmacovigilancia@cofepris.gob.mx PdC.

 Foto de Anna Shvets.

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