Miscelánea

Agredir a los hijos también es violencia contra la mujer

¡Atención! Cualquier agresión hacia los hijos y familiares de una mujer será considerada como violencia contra ellas. Esta es una propuesta que se busca establecer en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia.

Te platicamos que la senadora Micher Camarena presentará una iniciativa para que cualquier acto u omisión, que perjudique a las mujeres a través de sus hijos, familiares o personas allegadas, sea considerado “violencia a través de interpósita persona”.

Ella explica que al incluirse el concepto se establecerá que este tipo de agresiones se manifiestan a través de diferentes conductas como amenazar, causar daño a menores, ocultar, retener o sustraer a hijos fuera del lugar de residencia.

Utilizarlos para obtener información de la madre, promover, incitar o fomentar actos de violencia física o psicológica contra la figura materna, que afecten este vínculo, también será considerado como agresión.

La legisladora activista de los derechos de la mujer, precisa que dichos actos, por lo regular son ejercidos por alguien con quien se mantiene o se mantuvo una relación, matrimonio o concubinato; incluso, se llega a generar cuando ni siquiera se haya cohabitado en el mismo domicilio.

Los agresores también hacen uso de acciones legales, con base en hechos falsos o inexistentes contra las mujeres, a fin de objetar la guardia y custodia de los hijos.

Y llegan a condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias u otras formas análogas que lesionen o dañen la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.

Micher Camarena refiere que de acuerdo con diferentes estudios, 52 por ciento de las agresiones contra las mujeres se ejecutan cuando están separadas o divorciadas, 28 por ciento de los casos se da cuando aún viven juntos, mientras que el 14 por ciento se presentan durante el proceso de separación.

En 82 por ciento de los asesinatos de las hijas e hijos, el autor es el padre biológico y en 16 por ciento la pareja de la madre.

Dada la situación, es que obliga a incluir este tipo de violencia que se enmarca en “la violencia familiar”, pero necesitamos identificarla, refiere la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género en el Senado (@senadomexicano).

La propuesta de Martha Lucía Micher Camarena, también plantea reformar el Código Civil Federal, para establecer que el Estado mexicano tendrá la misma responsabilidad de promover, respetar, proteger y garantizar, desde una perspectiva de género, los derechos humanos de las mujeres, sus hijas e hijos, que se encuentren o residan fuera del país.

Y que “toda acción u omisión que conlleve a la violación de los derechos humanos de las mujeres víctimas, deberá ser investigada, sancionada y reparada con perspectiva de género, conforme a la normatividad aplicable”.

Por eso, dijo, es necesario establecer que es violencia por interpósita persona, para entender que los agresores dicen “yo no te voy a dañar a ti, pero lo voy a hacer a través de las hijas e hijos”. PdC.

Foto de Vickie Intili.

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