Miscelánea

Violencia laboral, imponer vestimenta sexista

Cuántas veces no hemos visto que en establecimientos comerciales como restaurantes, bares, cantinas, agencias de autos o cualquier tienda que busca subir la venta de sus productos, solicitan mujeres con “buena presentación”.

Sin contar que especifican la edad, obviamente muy joven, hay quienes se atreven hasta poner como requisito la altura y la talla.

Bueno, te contamos que hay quienes refieren que este tipo de “requisitos” en la de vestimenta: que si entallada, falda corta, blusas escotadas… son considerados como violencia laboral que puede derivar en otra forma de agresión hacia las mujeres como el acoso sexual y más.

Por eso, el senador Juan Zepeda, quien considera que éste tipo de exigencias deben tomarse como violencia laboral, para lo cual busca prohibir la imposición de vestimenta o atuendos sexistas en lugares de trabajo.

Juan Zepeda impulsa una iniciativa para modificar el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de prohibir la imposición de vestimentas o atuendos sexistas en espacios de trabajo como bares y restaurantes.

La iniciativa, que se analizará en las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, busca combatir la violencia normalizada contra ellas, como la que reproducen los estereotipos.

El legislador comenta que la sexualización de los cuerpos de las mujeres va desde la publicidad e imágenes en puestos de periódico, hasta la obligación de vestirse de una manera sexualizada en centros de trabajo como bares y restaurantes.

Para muchos esta situación es “normal” e, incluso, se fomenta, lo que expone todavía más a las mujeres y niñas a otras formas de agresión como el acoso.

Por eso, comenta es necesario recordar que, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el hostigamiento laboral es el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o en ambas.

En la exposición de motivos de esta iniciativa, se explica que el acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima.

El legislador remarca que la imposición de vestimentas o atuendos sexistas en los lugares laborales, que reproducen y perpetúan los estereotipos y la violencia de género, debe ser considerada como violencia laboral.

Refiere que también podría ser considerada una práctica de hostigamiento y derivar en situaciones como acoso u otro tipo de acciones. PdC.

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