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Mereces una compensación si no te cumplieron

El “Buen Fin” llegó a su fin, pero la temporada de compras y viajes continúan con las celebraciones decembrinas de Navidad, Año Nuevo y Reyes Magos que se avecinan; y desafortunadamente a veces quedamos a expensas de que lo comprado no es de la calidad ofrecida.

Para ello debes saber que existe el derecho a la compensación en caso que tanto el servicio o el producto no cumpla con lo prometido.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en su página electrónica refiere que todo consumidor tiene derecho a la bonificación o compensación que no podrá ser menor al 20 por ciento del precio pagado cuando el proveedor NO cumple con sus obligaciones.

Por ejemplo:

*Si te vende un producto de mala calidad que no corresponde al solicitado o no cumple con las normas; ante esto tienes derecho a que se te reponga o te devuelvan tu dinero, más una bonificación.

*Cuando la prestación de un servicio es deficiente o no se preste o proporcione por causas imputables al proveedor –no te entrega a tiempo tu pedido o cancela tu compra unilateralmente–, puedes pedir el reembolso del precio pagado más la compensación.

Cuando aplique la devolución de la cantidad pagada, esta se efectuará utilizando la misma forma de pago con la que realizó la compra, pudiendo hacerse por una forma de pago distinta si lo aceptas al momento en que se efectúe la devolución.

¿Cuándo deben compensarte? En su sitio, la Profeco da estos ejemplos de cuándo un proveedor debe compensarte:

*Compraste un boleto para un concierto y se canceló

Si, por ejemplo, pagaste $300 pesos por un concierto y no se realizó, te deben devolver tal cual los $300.

Pero si además el concierto se cancela por causas del organizador, entonces, aparte del reembolso, mereces una compensación. Es decir, te deben pagar un total de $360 pesos, como mínimo, ya que la compensación no puede ser menor al 20% del precio que hayas pagado originalmente.

*Se retrasó tu vuelo

Si el retraso o demora es atribuible a la aerolínea te deben compensar, como mínimo, de acuerdo a:

Mayor a 1, pero menor a 4 horas:

Proporcionar descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas, como mínimo.

Mayor a 2, pero menor a 4 horas:

En caso de descuento, el mismo no debe ser menor al 7.5% del precio del boleto.

Se retrasó tu vuelo más de 4 horas o se canceló

Si la aerolínea es responsable tienes la opción de elegir:

  1. a) El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje más una indemnización no inferior al 25 % del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje; o
  2. b) A transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o
  3. c) A transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

La indemnización a que refieren los incisos a) y c) debe pagarse por la aerolínea en un periodo máximo de 10 días naturales.

Si el proveedor no respeta tu derecho a la compensación, la Profeco te respalda.

Papelito habla

Para hacer efectiva la compensación debes tener tu ticket o comprobante de compra. Si el proveedor se niega, tienes hasta un año para presentar tu queja en la Profeco.

Para mayor información o asesoría comunícate al Teléfono del Consumidor de Lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas; sábados, domingos y días festivos de 10:00 a 18:00 horas. PdC.

WhatsApp: 55 8078 0485 | 55 8078 0488 | 55 078 0344

Twitter/@AtencionProfeco

Facebook/ProfecoOficial

Foto de Ron Lach.

 

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