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Seguridad social para cónyuges del mismo sexo

Una buena noticia para los cónyuges del mismo sexo. Tendrán los mismos derechos que las parejas heterosexuales en cuestión de protección social, servicios y prestaciones del IMSS e ISSSTE.

Y es que por cuestión de discriminación no eran tomados en cuenta, pero ahora con la aprobación en el Senado del proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones, los cónyuges o concubinos del mismo sexo podrán estar protegidos.

Los ordenamientos anteriores eran restrictivos y los excluían como beneficiarios de la seguridad social a aquellos cónyuges o concubinarios del mismo sexo. En resumen eran discriminatorios de la comunidad LGBTTTIQ.

Con los cambios se propone introducir, en ambas leyes, un término genérico como el de “cónyuge”, para terminar con la discriminación de la que son objeto, los matrimonios del mismo sexo, en el ejercicio de su derecho a la protección social.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Manuel Añorve Baños, refiere que con estas reformas se busca otorgar el derecho de transmitir una pensión de viudez en caso de su fallecimiento.

El proyecto adiciona la definición de unión civil, para garantizar los derechos, servicios, prestaciones a los cónyuges, en especial, a los del mismo sexo, a quienes establezcan un hogar común, con voluntad de permanencia y ayuda mutua.

Además, elimina el lenguaje sexista de las leyes del IMSS y del ISSSTE, por lo que ya no habrá ninguna razón para postergar el camino hacia el lenguaje incluyente y el reconocimiento de la igualdad de los géneros.

Martha Lucía Micher Camarena, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, señala que la Suprema Corte de Justicia de la Nación al determinar la constitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo sexo, obliga al reconocimiento de todos aquellos derechos que se derivan de la unión matrimonial.

La senadora Patricia Mercado, señala que con ello se da certeza a las familias de las personas trabajadoras LGBTTTIQ al darles la oportunidad de ejercer sus derechos a la salud, alimentación, educación y al trabajo.

Con esta iniciativa, el orden jurídico otorga y reconoce beneficios fiscales, de solidaridad, por causa de muerte de uno de los cónyuges; beneficios de propiedad; médicos y migratorios, sin distingo de la orientación sexual de las personas, señala el senador Germán Martínez Cázares. PdC.

 Foto de Anna Shvets.

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